Provinciales
El MSP pagó otros $185 millones en otra escandalosa contratación directa por seguridad en hospitales
La empresa beneficiada es SINA SRL, que prestó el servicio tercerizado en los hospitales de Concepción de la Sierra, San José, San Javier, Alem, Jardín América, Puerto Rico y Capioví, entre otros efectores de salud. Se trataría del mismo dueño de otras dos empresas que cumplen servicios de limpieza y de seguridad, “Ser.com” y “Procacci Mauricio Ramón”.

El Ministerio de Salud Pública abonó más de $185 millones por el servicio tercerizado de seguridad del primer trimestre del año, a una empresa de seguridad que pertenecería al mismo propietario de otras empresas que prestan estos servicios en hospitales y CAPS (Centro de Atención Primaria de la Salud) de Misiones y acumulan cientos de millones facturados en lo que va del año.
La información aparece
publicada en el Boletín Oficial N° 16.348, publicado este miércoles 7 de mayo.
El Decreto N° 464, firmado
por el gobernador Hugo Passalacqua el pasado 25 de Marzo de 2.025, como otros
similares, consta de dos artículos.
En el Artículo 1°, se
reconoce “el gasto desde el 1° de Enero de 2.025 y hasta la fecha del presente
Decreto” y se aprueba y autoriza “a la Dirección del Servicio Administrativo de
Salud Pública, Prevención de Adicciones y Control de Drogas a efectuar desde la
fecha del presente Decreto y hasta el 31 de Marzo de 2.025 una contratación
directa con la firma ‘SINA S.R.L.’, para la prestación del Servicio de
Seguridad y Vigilancia con destino a los efectores y por los montos que se
detallan a continuación, de conformidad a la propuesta de fs. 02/03 y los
Pliegos de Cláusulas Particulares obrantes a fs. 05/16, encuadrando el
procedimiento en los Arts. 44° y 85° apartado 3, inciso d) y su último párrafo,
de la Ley VII - N° 11 (antes Ley N° 2.303)”
El decreto confirma el monto
total pagado a la empresa Sina SRL, que es de $ 185.633.022,06 e informa sobre los
hospitales y efectores de salud en los que la firma prestó el servicio.
De acuerdo con el documento,
el MSP pagó por este servicio de seguridad adquirido sin licitación pública, en
montos trimestrales: $19.100.102,46 (Hospital Monoclínico de Geriatría);
$12.733.401,63 (Hospital
Concepción de la Sierra);
$6.366.700,86 (C.A.P.S. Azara);
$6.366.700,86 (Hospital San
José);
$6.366.700,86 (Hospital San
Javier);
$55.178.073,72 (Hospital
Leandro N. Alem de Autogestión);
$54.054.538,32 (Hospital
Jardín América de Autogestión);
$12.733.401,63 (Hospital
Puerto Rico);
$6.366.700,86 (Hospital
Capioví); y
$6.366.700,86Hospital Colonia
Delicia)
El artículo 2° es puramente
de forma y autoriza a la Dirección del Servicio Administrativo de Salud
Pública, Prevención de Adicciones y Control de Drogas a la liquidación y pago a
favor de la firma mencionada en el artículo 1°, con cargo a la partida (…)” del
Ministerio de Salud Pública, por “Servicios no Personales”.
Fuentes consultadas, con acceso
a las reuniones que mantuvieron los empleados nucleados en el Sindicato Único
de Trabajadores de la Seguridad (SUTRAS) con el ministro de Hacienda Adolfo
Safrán, señalaron que el propietario de Sina SRL, es el mismo que el de Ser.com,
otra firma que presta servicios tercerizados de seguridad y de limpieza en
hospitales y efectores de salud.
Como propietario de esta
firma, aparece el empresario Mauricio Ramón Procacci, quien a su vez, estaría
al frente de una tercera empresa, homónima “Procacci Mauricio Ramón”. Es decir,
los decretos de contratación directa, reconocimiento de abonos y otros similares
en favor de cualquiera de estas tres empresas, formaría parte del mismo grupo
económico, y el mismo propietario real.
En el mismo boletín oficial
de ayer, de hecho, aparece el Decreto N° 465, firmado el mismo día que el
anterior decreto en beneficio de Sina SRL, el 25 de marzo pasado.
Ese instrumento legal, en su Artículo
1° reconoce “el gasto de legitimo abono a favor de la firma “PROCACCI MAURICIO
RAMON”, la suma total de ($ 28.046.149,80), por la prestación de Limpieza
Integral de las instalaciones del Hospital Público S.A.M.I.C. Alem de
Autogestión, durante los meses de Octubre y Noviembre de 2.024, según Acta de
Recepción N° 002/25 (fs. 06) y Facturas “B” N° 00003-00000246 (fs. 04) y “B” N°
00003-00000247 (fs. 05) por ($ 14.023.074,90) cada una” y se reapropia “el
gasto al presente ejercicio financiero encuadrando el procedimiento en los
Artículos 44° y 80° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley 2.303).”
Como viene informando Agencia
Hoy respecto de estos decretos que habilitan contrataciones directas y otros
pagos a empresas que prestan servicios tercerizados de seguridad, limpieza y
otros en hospitales y CAPS, se invoca algunos artículos de la Ley de
Contabilidad General. Sin embargo, la interpretación o el contenido de estos
artículos de la Ley VII – N° 11 no habilitarían esas erogaciones sin licitaciones
públicas.
Por ejemplo, el artículo 85°
apartado 3, inciso d, de la Ley de Contabilidad General, sostiene que podrá evitarse
la licitación pública, “cuando circunstancias imprevisibles o razones de
urgencia debidamente fundadas, no permitan esperar la gestión de una licitación
(…)”
El párrafo final de ese
artículo sostiene que las “causales de excepción para realizar contrataciones
directas que así lo requieran, deberán ser razonadamente fundadas, bajo
responsabilidad exclusiva de la autoridad con competencia para contratar que
las invoca. Esta autoridad, ejerce así la facultad excluyente de determinar el
mérito, oportunidad o conveniencia del acto.”
Nada de esto se cumple con
los servicios esenciales de limpieza y seguridad de los hospitales misioneros,
que siempre recaen en el mismo puñado de empresas.