Por pedido del Ministerio del Agro y la Producción de Misiones, el gobernador Hugo Passalacqua avaló el contrato de locación del inmueble donde funciona la cartera provincial, hasta febrero del año entrante. El monto del alquiler mensual, en el primer trimestre del año, rozó los $4,4 millones y el locador es Petrovalle SA, la empresa propiedad de la familia del exgobernador Maurice Closs.
Según consta en el Decreto N° 1272, firmado por Passalacqua el pasado 19 de junio, este contrato de alquiler se prorrogó hasta febrero del 2026. No obstante, es probable que el alquiler continúe el año próximo, dado que el ministerio que preside Facundo López Sartori lleva años funcionando en el inmueble de calle Colón 1.628, que pertenece a la empresa de Closs.
El decreto que avala el pago del primer trimestre de alquiler y que ratifica la validez del contrato hasta el segundo mes del año entrante, apareció publicado en el Boletín Oficial N° 16.480, de este lunes 17 de noviembre. Se apoya este decreto, como tantos otros decretos del Ejecutivo provincial, en uno de los artículos que estipula las excepciones a la Ley de Contabilidad General, que ordena que todos los contratos deben realizarse por vía de licitaciones públicas.
El artículo 1° del Decreto 1272/25 aprueba “en todas sus Partes el correspondiente Contrato de Locación del Inmueble ubicado en calle Colón N° 1.628 de la Ciudad de Posadas (Subsuelo, Planta Baja y 1° Piso), oportunamente suscripto entre el Ministerio del Agro y la Producción, representado por su Titular, Lic. (Facundo López Sartori) (…) en carácter de (locatario), por una parte y (Petrovalle SA), representado por el Sr. (Daniel Ariel Belda) (…), apoderado de la firma conforme lo establece el Poder Especial otorgado al mismo, en carácter de (locador), por la otra, encuadrando el procedimiento en el Artículo 85°, Inciso 3, Apartado d) de la Ley VII - N° 11 (antes Ley N° 2.303) de Contabilidad de la Provincia, actualmente en vigencia y sus modificatorias como así también, y a tenor del período de vigencia del mencionado Contrato, en los Artículos 21° y 47°, Inciso 3 del mismo plexo legal.”
El Articulo 2° del decreto en cuestión, reconoce “de legítimo abono el importe adeudado desde el 1° de Febrero del 2.025 y hasta la fecha del presente Decreto, a favor de (Petrovalle Sociedad Anónima) (…) de la Ciudad de Aristóbulo del Valle, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley N° 2.303) de Contabilidad de la Provincia, actualmente en vigencia y sus modificatorias.”
En los considerandos del decreto, se sostiene que “el inmueble locado resulta requerido para el funcionamiento de las oficinas del Ministerio del Agro y la Producción” y que “de las constancias obrantes en el expediente de referencia surge que ‘El Locador’ posee las facultades suficientes para suscribir el Contrato de Locación y percibir el correspondiente canon locativo, el que se estipula en la suma de ($ 4.399.686,95), mensual durante el primer trimestre; el precio pactado será actualizado trimestralmente utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado y publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), considerando como período base el índice correspondiente al mes de Enero /2.025 (…)”
Asimismo, “atento al término de duración del Contrato de Locación de referencia, los gastos emergentes del mismo incidirán en el Presupuesto Vigente como así mismo en el Ejercicio Financiero Futuro correspondiente al año 2.026; resulta necesario dar intervención al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, conforme lo establece el Artículo 21° de la Ley VII – N° 11 (antes Ley N° 2.303) de Contabilidad de la Provincia (…)”
¿Cómo se justificó este pago de $13.199.060,85 por el alquiler trimestral del inmueble donde funciona el Ministerio del Agro? El artículo 21 de la ley de contabilidad general sostiene que “en todo acto, que de cualquier forma afecte el contenido o composición del Presupuesto General, o que suponga afectar créditos futuros, intervendrá necesariamente el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.”
Por su parte, el artículo 47 de esa ley, sostiene que “podrán contraerse obligaciones susceptibles de traducirse en compromisos sobre Presupuesto a dictarse para años financieros futuros” y el inciso 3, permite esto en el caso de “contratos de locación de muebles o inmuebles, de servicios y contrato de suministros, cuando sea necesario para obtener ventajas económicas o conseguir colaboraciones intelectuales o técnicas excepcionales (…)”
Lo más llamativo, es que una vez más se invoque el Artículo 85, inciso 3, apartado “d” de la Ley de Contabilidad General, para avalar esta contratación directa del Estado provincial con una empresa del exgobernador Closs. El citado artículo sostiene que “podrá contratarse”, “directamente en los siguientes casos” (inciso 3): “cuando circunstancias imprevisibles o razones de urgencia debidamente fundadas, no permitan esperar la gestión de una licitación (apartado d)”
El decreto 1272/25 no detalla cuáles fueron las “circunstancias imprevisibles o razones de urgencia” que no permitieron “esperar la gestión de una licitación” con vistas a resolver la necesidad de un inmueble para que funcione el ministerio que preside el “passalacquista” López Sartori. De todas maneras, cabe aclarar que hace años que el ministerio del Agro funciona en esta locación, pagando alquileres millonarios a la empresa del exgobernador Closs.
Anualizado, este contrato superará los $52.796.243,40, una cifra importante pero ínfima si se toma en consideración los cientos y hasta miles de millones de pesos que Petrovalle SA factura al gobierno de la provincia, por la provisión de combustibles, casi siempre por contrataciones directas o reconocimientos de legítimo abono.
