Provinciales
Empresa tercerizada que estaría ligada al poder político, facturó casi $60 millones sin licitación pública
Se trata de Servicios del Litoral SRL, firma perteneciente al empresario de San Pedro, Ramón Fonseca. El pago reconocido como “legítimo” por medio del decreto 452/25 es por la prestación del Servicio Integral de Limpieza durante noviembre de 2.024, en los hospitales de San Pedro, El Soberbio, Eldorado y la Dirección de Zona de Salud Noreste.

Por medio del decreto N° 452/2025, firmado por el gobernador Hugo Passalacqua el pasado 25 de marzo, la empresa Servicios del Litoral SRL cobró casi $60 millones por el servicio de limpieza del mes de noviembre en los hospitales de San Pedro, de El Soberbio, el SAMIC de Eldorado y la Dirección de Zona de Salud Noreste. Como en anteriores pagos a esta firma que pertenece al empresario de San Pedro Ramón Fonseca, no hubo licitación pública, sino que se procedió a un “reconocimiento” de legítimo abono –en otros casos, se procedió a una contratación directa. La medida apareció publicada en el Boletín Oficial de Hoy, el N° 16.336.
Con dos artículos, el decreto
452/25 reconoce “el gasto de legítimo abono a favor de la firma (Servicios del
Litoral SRL) la suma total de ($ 59.248.119,37), por la prestación del Servicio
Integral de Limpieza, durante el mes de Noviembre de 2.024, según Actas de
Recepción N° 261/2.024 (fs. 02), N° 262/2.024 (fs. 07), N° 263/2.024 (fs. 12) y
N° 685/2.024 (fs. 30 Ref.) y Facturas ‘B’ que a continuación se detallan, y reaprópiese
el gasto al presente ejercicio financiero encuadrando el procedimiento en los
Artículos 44° y 80° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley 2.303)”.
En el detalle de los pagos,
se informa que se pagó por el servicio de limpieza tercerizado, se pagó a Servicios
del Litoral SRL, $3.335.253,62 (Hospital de San Pedro); $2.258.518,20 (Hospital
de El Soberio); $938.860,79 (Dirección de Salud Zona Noreste) y $52.715.486,76
(Hospital SAMIC de Eldorado)
En tanto, el artículo 2° del
decreto, autoriza “a la Dirección del Servicio Administrativo de Salud Pública,
Prevención de Adicciones y Control de Drogas a liquidar y pagar el monto citado
en el artículo 1° del presente, a favor de la Firma en cuestión con cargo de
oportuna y documentada rendición de cuentas, a la partida que se detalla a
continuación” del Ministerio de Salud Pública, Zona de Salud Sur.
Respecto de la justificación
del pago a esta tercerizada, el artículo 44 de la Ley de Contabilidad General
sostiene: “El funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos
poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo
anterior, o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones
que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o
gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio
de la Provincia (…)”.
“En este caso la autoridad
superior en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos de la
Constitución y Descentralizados podrán optar por disponer del gasto, sin
perjuicio de las sanciones disciplinarias a que se hiciere acreedor. En la
jurisdicción del Poder Ejecutivo, tal atribución será ejercida por el
funcionario superior en jerarquía al autorizado para aprobar el gasto incurso
en la irregularidad”, completa este artículo, que no justifica el
reconocimiento del pago por el servicio contratado sin licitación pública.
En tanto, el Artículo 80 de la mencionada ley, afirma: “Si el gasto pendiente de pago de un ejercicio anterior hubiera sido realizado por un agente no autorizado para ello o en contravención con las normas reglamentarias establecidas o sin contar con créditos necesarios, será también reapropiado a la partida específica del nuevo presupuesto. Para ello será necesario el reconocimiento del gasto por el organismo pertinente, conforme lo establecido en el Artículo 44”, precisa este artículo de la Ley VII – N°11.
Como informó Agencia Hoy en septiembre
del año pasado, Servicios del Litoral SRL, facturó $245 millones por sendas
contrataciones directas informadas a principios de agosto, poco antes de que
esta firma que pertenece a Ramón Fonseca, despidiera a 15 de los 60 empleados
que trabajan en el Hospital SAMIC de Oberá, aludiendo una supuesta falta de
recursos para abonar sueldos y aguinaldos adeudados.
El decreto 452/25 vuelve a
poner en la lupa al “exitoso” empresario Fonseca, que proviene de San Pedro, la
localidad donde el exgobernador y actual presidente de la Legislatura de
Misiones, Oscar Herrera Ahuad comenzó su carrera como funcionario público (fue
director de hospital sanpedrino)
Hasta el momento la justicia
provincial no investigó si existe un vínculo personal entre Fonseca y Herrera
Ahuad. En caso de existir una relación entre el empresario y el diputado
provincial, este último sería sospechoso, prima facie, de los delitos de
“incumplimiento de deberes de funcionario público”, “negociaciones
incompatibles” y hasta “tráfico de influencias.”