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Escandalosas contrataciones directas en Misiones: la empresa del exgobernador Closs facturó $477 millones por venta de combustible al Estado

Según consta en diversos decretos, en su mayoría, de “contratación directa”, las empresas Petrovalle SA y Petromisiones SA quedaron cerca de los $500 millones de facturación en 2024, sólo por operaciones con la provincia. Pero la suma total de las ventas al gobierno provincial, sería mayor a los $616 millones. Los primeros cuatro decretos firmados el año pasado, corresponden a operaciones realizadas en 2023.

Miércoles, 29 de enero de 2025 - 11:50 hs.
Escandalosas contrataciones directas en Misiones: la empresa del exgobernador Closs facturó $477 millones por venta de combustible al Estado

Las empresas Petrovalle SA y Petromisiones SA, propiedad de la familia del exgobernador Maurice Closs, facturaron $ 477.057.224 por el expendio de combustible al Estado provincial de Misiones, a través de 15 decretos firmados por el actual mandatario, Hugo Passalacqua, la mayoría por contrataciones directas.

Esta información consta en los boletines oficiales de Misiones emitidos entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2024, que Agencia Hoy analizó en las últimas semanas. Cabe aclarar que por cuestiones metodológicas –se utilizó el periodo fiscal 2024– no todos los pagos corresponden a operaciones del año pasado: los primeros cuatro decretos –que suman más de $50 millones– corresponden a operaciones realizadas en 2023 y 2022.

Para determinar la totalidad de lo pagado por el Estado provincial en 2024, habría que esperar a que se publiquen todos los decretos de las compras a Petrovalle SA concretadas el año pasado. Este portal informó el pasado 14 de enero (2025) que, por otro decreto de contratación directa, la empresa de Closs cobró $184.832.000 por una venta concretada en agosto del 2024.

En otras palabras, sumando estos $184 millones a los más de $425 millones que corresponden a compras efectuadas en 2024, pero pagadas o difundidas varios meses más tarde, Petrovalle y Petromisiones superan los $600 millones de facturación al Estado misionero. La cifra total, se podría conocer en los próximos meses, pero depende de cómo vayan siendo difundidos los decretos en los boletines oficiales de Misiones.

La empresa de Closs, Petrovalle SRL, beneficiada con una contratación directa por $184 millones

Por caso, este miércoles en el Boletín Oficial N° 16.287, la provincia informa sobre otro “reconocimiento de legítimo abono” en beneficio de la empresa de Closs (Petrovalle SA), por un monto de $4.588.980,00. Este pago se realizó “por la adquisición de combustible en vales canjeables para abastecer a los automotores de la Unidad Superior del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, durante el mes de Diciembre de 2.023, conforme Factura “B” N° 0062-00002882 y Acta N° 991/2.023”.

Esa operación de diciembre del 2023 con la empresa de Closs, se informó a fines de enero del 2025, una muestra del grado de anomia y desorganización que existe al momento de informar sobre las contrataciones directas, los reconocimientos de legítimo abono y las reapropiaciones al presente ejercicio presupuestario.

De todas formas, los 15 decretos firmados en 2024 con las empresas Petrovalle SA y Petromisiones SA, dan una aproximación bastante certera sobre lo que la provincia pagó en el año pasado por combustibles, insumos y vales de nafta y gasoil, a la empresa del multimillonario exgobernador y exsenador por Misiones.

La empresa de Closs, Petrovalle SA facturó $4,6 millones porvales de nafta para el Ministerio de Desarrollo Social


Un análisis de los decretos que involucran compras de combustible e insumos a Petrovalle y Petromisiones, que fueron publicados el año pasado, muestra que la mayor parte fueron por contrataciones directas. A continuación, un detalle de los montos y fechas de los decretos:

Decreto N° 1697 (3 de octubre del 2023, publicado en el boletín oficial N° 16026): contratación directa con Petrovalle SA “para la provisión de combustible con destino a ambulancias de la Red de Traslados, correspondiente a la cantidad equivalente de 79.700 litros de Gas Oil Grado 3 (Infinia Diesel), a un valor por litro de $ 360,30, por el monto total de $ 28.715.910,00”.

Decreto N° 1746 (12 de octubre del 2023, publicado en el boletín oficial N° 16032): contratación directa con Petrovalle SA “por la suma total de $ 4.585.200,00 (…), para la provisión de 12.000 litros de combustibles, nafta grado 3, conforme proforma obrante en las presentes actuaciones para el mes de Octubre del 2.023”.

Decreto N° 1893 (2 de noviembre del 2023, publicado en el boletín oficial N° 16043): reconocimiento de “legítimo abono” “a favor de Petrovalle SA, “la suma de $ 396.032,00, en concepto de pago de la Factura N° 0235-00002562 de fecha 28/04/2.023 por la adquisición de 1.360 litros de combustible (diesel) correspondiente al mes de Abril del corriente año.”

Decreto N° 1980 (2 de noviembre del 2023, publicado en el boletín oficial N° 16047): reconocimiento “de legítimo abono la suma de $ 729.000,00” a favor de Petromisiones SA y “la suma de $731.250,00” a favor de Petrovalle SA “por la adquisición de combustible correspondiente al mes de Agosto del 2.023, para los vehículos oficiales y afectados a la Secretaría de Estado de Cultura, según consta en Acta de Recepción N° 191/2.023, obrante a fojas 05 y Factura ‘B’ N° 0062-00002290 y Acta de Recepción N° 192/2.023, obrante a fojas 12 y Factura ‘B’ N° 0235-00003077 (…)”

Decreto N° 115 (29 de enero del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16059): contratación directa con Petrovalle SA “en concepto de pago por la adquisición total de 7.500 Lts. de Nafta Super y 3.510 Lts. de Formula Diesel 500, consignado en vales por pesos correspondiente a la cantidad de litros solicitados, por un monto total de ($ 7.360.890), para el consumo por un lapso de tiempo de sesenta días, importe que se estima que ascenderá la contratación, erogación con cargo en la Partida Parcial Bienes de Consumo del Presupuesto Anual Vigente N° 03-05-0-2-20-1-01-012-01210, con destino a la totalidad de móviles dependientes del parque automotor y grupos electrógenos de las distintas Unidades Penales pertenecientes al Servicio Penitenciario.”


Decreto N° 185 (8 de febrero del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16069): contratación directa con Petrovalle SA “por la suma total de $ 4.995.000,00 (…), para la provisión de 5.000 litros de combustibles, nafta grado 3, conforme proforma obrante en las presentes actuaciones para el mes de Febrero de 2.024”.

Decreto N° 553 (25 de marzo del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16114): reconocimiento de “legítimo abono” a favor de Petrovalle SA, “por la suma total de $ 1.598.000,00 (…); de fecha 06/02/2.024” por la “provisión de 2000 litros nafta infinia correspondiente al mes de Enero de 2.024.”

Decreto N° 305 (1 de marzo del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16121): contratación directa con la firma Petrovalle SA, “para la provisión de combustible con destino a ambulancias de la Red de Traslados por un período estimado de consumo de 2 (dos) meses, correspondiente a la cantidad equivalente de 70.650 litros de Gas Oil Grado 3 (Infinia Diesel) a un valor por litro de $1.070,00, por el monto total de ($ 75.595.500,00)”

Decreto N° 847 (13 de mayo del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16146): reconocimiento de legítimo abono, por “la Factura N° 0235-00003856 por la suma de $ 3.999.978,00 (…) por la adquisición de 6.462 litros combustible (Infinia Diesel) para el mes de Enero del corriente año, encuadrándose en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (antes Ley 2.303).”

Decreto N° 1067 (31 de mayo del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16177): Contratación Directa N° 11/24 (…) para la adquisición de combustibles tipo Infinia Diesel y Nafta Infinia por el lapso aproximado de (90) noventa días, con las firmas comerciales ‘Petrovalle S.A.’, por la suma de $ 206.770.000,00 (…)”


Decreto N° 1374 (3 de julio del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16208): reconocimiento “de legítimo abono, conforme al Artículo 44° de la Ley N° VII - 11 (antes Ley N° 2.303), a favor de la firma (Petrovalle SA) “en concepto de pago de la Factura N° 0235-00004019 por la suma total de $ 4.572.000,00 (…); de fecha 14/05/2.024, por el concepto de provisión de 4000 litros nafta infinia correspondiente al mes de Abril de 2.024.”

Decreto N° 1433 (12 de julio del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16220): reconocimiento de legítimo abono y reapropiación “al presente ejercicio financiero, la suma de $5.239.200,00 (…) a la firma (Petromisiones SA) (…) por la adquisición de combustible en vales canjeables para abastecer a los automotores de la Unidad Superior y de las Subsecretarías del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, durante el mes de Febrero de 2.023 (…)”

Decreto N° 1524 (24 de julio del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16230): licitación pública “a la única propuesta presentada por la firma (Petrovalle SA) por el monto total de ($ 121.598.784,00), correspondiente a la cantidad equivalente de 88.888,00 litros de Gas Oíl Grado 3 (Infinia Diesel), a un valor por litro de $ 1.368,00, para la provisión de combustible con destino a las ambulancias pertenecientes a la Unidad Central de Traslados, para un período estimado de consumo de 4 (cuatro) meses”.

Decreto N° 1643 (1 de agosto del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16248): reconocimiento de “legítimo abono” y reapropiación al presente Ejercicio Financiero la suma de $ 5.505.600,00 (…) a la firma (Petromisiones SA) “por la adquisición de combustible en vales canjeables para abastecer a los automotores de la Unidad Superior y de las Subsecretarías del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, durante el mes de Noviembre de 2.022”.

Decreto N° 1733 (14 de agosto del 2024, publicado en el boletín oficial N° 16256): reconocimiento “de legítimo abono” y reapropiación “al presente Ejercicio Financiero la suma de $ 4.664.880,00 “por la adquisición de combustible en vales canjeables para abastecer a los automotores de la Unidad Superior y de las Subsecretarías del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, durante el mes de Octubre de 2.022.”

Como puede verse, se emplearon contrataciones directas, reconocimiento de legítimo abono, reapropiación al presente ejercicio financiero y una licitación pública, que, casualmente, tuvo un solo oferente y resultó ser la empresa del exgobernador Closs. En la totalidad de los casos, los pagos se informaron meses después de firmados los decretos. Por caso, este último decreto 1733/24 fue firmado el 14 de agosto del 2024 y lo publicaron en el boletín oficial del 11 de diciembre. Y la operación se concretó en octubre del 2022, más de dos años antes de su difusión oficial. 

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En cuanto a lo que sostiene la ley invocada por los decretos en cuestión, la Ley VII – N.º 11 (Antes Ley 2303), también conocida como “Ley de Contabilidad” General de Misiones, en su capítulo VII establece el régimen de contrataciones. El artículo 84 de la Ley VII – N° 11 establece que “toda compra o venta por cuenta de la Provincia, así como todo contrato sobre locaciones, arrendamientos, trabajos o suministros se hará, por regla general, mediante licitación pública. Todo contrato de prestación de servicios, se hará previo concurso de antecedentes y/u oposición.”

En tanto, el artículo 85 de esta norma establece que podrá contratarse “en licitación privada cuando el valor de la operación no exceda los pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000)” y “en remate público, por intermedio de las oficinas nacionales, provinciales, municipales u otras especializadas en la materia, la venta de bienes que haya autorizado el Poder Ejecutivo o la autoridad que sea declarada competente en los Poderes Legislativo, Judicial, Organismos de la Constitución, Tribunal Electoral y Entidades Descentralizadas, de acuerdo con las reglamentaciones que se dicten al efecto”.

Asimismo, este artículo establece las excepciones en las cuales se podrá hacer contrataciones directas, y aclara que las mismas deben estar sólidamente fundamentadas. “Las causales de excepción para realizar contrataciones directas que así lo requieran, deberán ser razonadamente fundadas, bajo responsabilidad exclusiva de la autoridad con competencia para contratar que las invoca. Esta autoridad, ejerce así la facultad excluyente de determinar el mérito, oportunidad o conveniencia del acto”, señala ese artículo 85 de la Ley de Contabilidad General.

En ninguno de estos decretos, similares a otros que beneficiaron a otras empresas prestadoras de servicios tercerizados y proveedores del Estado provincial, hay fundamentación para las contrataciones directas. Y en todos los casos se excede el tope máximo para las contrataciones directas en Misiones.

Por otra parte, cabe aclarar que Petrovalle SA y Petromisiones SA, ya vendían combustible al Estado provincial en tiempos en los que Maurice Closs era gobernador (entre 2007 y 2015) Por ende, el entonces mandatario podría haber incurrido en los delitos de “negociaciones incompatibles con la función pública”, “incumplimiento de deberes”, y hasta el “tráfico de influencias”.