Información General
Moratoria previsional sin prórroga: quiénes no podrán acceder a una jubilación mínima
Solo en 2025, cinco de cada 10 hombres y siete de cada 10 mujeres no podrán jubilarse y podrán apenas acceder a una PUAM que equivale al 80% de la jubilación mínima, bajo ciertas condiciones.

El presidente Javier Milei sigue adelante con su política de
ajuste y en ese camino un de sus blancos preferidos son los jubilados. Ahora,
tras ensañarse con los jubilados actuales decidió ir un paso más allá y apuntar
contra los jubilados futuros.
Es que a partir de la decisión del gobierno libertario de no
prorrogar la moratoria previsional cerca de medio millón de trabajadores no
podrán jubilarse este año a pesar de ya estar en edad para hacerlo.
Frente a esta situación deberán seguir trabajando o bien
resignarse, si es que cumplen con los requisitos, a percibir la Pensión
Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que apenas representa el 80% del haber
jubilatorio mínimo.
La actual moratoria vence el próximo domingo y quienes
cumplían con la edad para jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los
hombres) pero no los años de aportes tenían tiempo hasta este viernes para
acogerse a ella en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
El principal derecho que se le quita a los adultos mayores
con una PUAM está asociado directamente con el haber. Esta pensión equivale al
80% de una jubilación mínima, que actualmente se ubica en $279.121,71, es
decir, con este régimen cobrarían solo $223.297,37. A este valor, se le
adiciona el bono de $70.000 que está congelado hace exactamente un año y
debería ser, atado al aumento previsional, un 113% más alto (esto da unos
$148.815).
En esa línea, el fin de la moratoria implica una
"reforma previsional de hecho" porque sube la edad jubilatoria para
las mujeres. Mientras que a una jubilación se accede a partir de los 60 años,
el beneficio de la PUAM se permite recién a partir de los 65 años,
indistintamente de si son hombres o mujeres. También imposibilita el derecho a
trabajar en relación de dependencia, que sí ofrece una jubilación.
A su vez, la PUAM no da derecho a una pensión por
fallecimiento para cónyuges, hijos menores ni con discapacidad. Ni tampoco es
compatible con una pensión por fallecimiento, como ocurre con muchas mujeres
que cobran una pensión una vez fallecida su pareja.
Otra clave es la imposibilidad para el beneficiario de
"ausentarse del país por más de 90 días consecutivos o 180 días en total
por año".
De esta manera, si la ausencia supera estos límites, ANSES
puede suspender o dar de baja la prestación, salvo que el beneficiario
justifique su estadía en el exterior por razones de salud u otras
circunstancias excepcionales. "Parece algo razonable, pero te sorprendería
cuantos inconvenientes tenemos porque no se registran correctamente los
ingresos y egresos en las fronteras cuando no son por avión", argumentó
sobre este punto en particular la especialista.
Requisitos para acceder a la PUAM
- Tener 65 años o más.
- Ser argentino o naturalizado con 10 años de residencia en el
país (anteriores a la solicitud), o extranjero con una residencia mínima de 20
años.
- No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de
un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni
seguro de desempleo. Si estás cobrando una jubilación o pensión, debés
renunciar a la misma para iniciar el trámite de la Pensión Universal para el
Adulto Mayor.
- Mantener la residencia en el país una vez solicitada la
pensión.
"Efectivamente para adquirir la PUAM tenés que
demostrar que sos pobre. Es para personas carentes de consumo económico",
enfatizó el abogado previsional Christian D'Alessandro.