En la mañana de este viernes 19 de diciembre, se efectivizó la presentación del pedido de jury a la jueza Marcela Alejandra Leiva ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Misiones. Así lo confirmaron desde la Central de Trabajadores Argentinos Autónoma – Filial Misiones.
El pedido fue hecho por el Legislador provincial y docente Cristian Gabriel Castro (PAyS), quien se hizo presente en la oficina del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios sito en la Av. Coronel López, previo paso por el Palacio de Justicia.
La presentación fue motivada por la condena a los docentes y dirigentes de la CTA A Misiones Mónica Gurina y Leandro Sánchez el pasado 26 de noviembre.
En base al análisis de las actuaciones en el juicio contra Gurina y Sánchez, y basándose en aportes realizados por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) Castro solicitó la apertura del proceso de jury a la jueza Leiva y su destitución por las causales: mal desempeño en sus funciones; ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, previstas en el art. 7 de la Ley VIII N° 5 de la provincia.
De acuerdo con la acusación, en dicho proceso judicial, constató la comisión de irregularidades graves, entre ellas: deficiencias en la valoración de la prueba, falta de imparcialidad funcional, afectación del principio de inocencia y la existencia por parte de la magistrada de un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad.
La movilización para acompañar la presentación realizada por el FTEL, la CTA A y el MPL se dirigió en principio al Palacio de Justicia de Misiones, donde se informó que el trámite no se recibiría en el lugar sino en el Cuarto Tramo de la Costanera. Hacia allí se dirigió Castro junto a Mónica Gurina y Leandro Sánchez, para iniciar formalmente el pedido.

Este jueves, se conoció un informe del CELS, que analizó la sentencia condenatoria contra los docentes y dirigentes de la CTA A Misiones y la caracterizó como “un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, pero fundamentalmente de persecución a dirigentes gremiales”.
Además, el CELS mencionó que mantienen informados a organismos internacionales sobre este tipo de casos, a los que consideran formas de disciplinamiento social y de persecución a defensores de derechos.
La definición fue dada por Bárbara Juárez, integrante del Equipo de Seguridad Democrática y Violencia Institucional del CELS, durante una entrevista realizada el 10 de diciembre en FM Universidad, luego de analizar la sentencia dictada por la jueza Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Nº 1 de Posadas.
“Este es un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, pero fundamentalmente de persecución a dirigentes gremiales”, afirmó Juárez, en la entrevista, difundida por la CTAA.

Desde el organismo de derechos humanos señalaron además que el CELS se puso a disposición de la defensa para realizar los aportes que sean necesarios en las instancias que continúan del proceso judicial, incluida la apelación ante el Superior Tribunal de Justicia de Misiones y, de ser necesario, la eventual intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o de organismos internacionales y supranacionales de derechos humanos.
En este sentido, Juárez advirtió que este tipo de causas no se agotan en la sanción individual: “hay una persecución direccionada hacia ellos que claramente tiene una finalidad de disciplinamiento por el rol que cumplen, pero también dirigida a la sociedad. Hay un mensaje de intimidación general”, alertó la referente del CELS.
Según el análisis del CELS, el fallo presenta dos problemas centrales. El primero está vinculado al rol sindical de los condenados. “Lo que hace el juzgado en el caso es, por el rol que cumplen, atribuirles una especie de responsabilidad objetiva por una protesta realizada por un colectivo. Y eso, en el derecho penal, no corresponde”, sostuvo la abogada.
El segundo cuestionamiento apunta a la falta de análisis del contexto en el que se desarrolló la protesta. “La sentencia no hace ninguna valoración de las causas invocadas por la defensa que tienen que ver con el ejercicio de un derecho, con un contexto de protesta social y con un estado de necesidad vinculado a salarios por debajo de la canasta básica, acuerdos incumplidos y reclamos sin respuesta”, argumentó Juarez.

Frente al argumento oficial de que no se persigue la protesta sino supuestos excesos, Juárez fue categórica: “El derecho a la protesta es más relevante, tiene un interés social imperativo, porque es el que está más cerca del nervio democrático. Es el derecho que nos permite exigir el cumplimiento de otros derechos”, expuso.
Asimismo, remarcó que la sentencia de Leiva desconoce estándares constitucionales e internacionales y utiliza de manera incorrecta antecedentes judiciales. “Hay mucha jurisprudencia que sostiene que el artículo 194 del Código Penal no debe utilizarse para penalizar manifestaciones, porque los cortes de ruta y de calle son formas legítimas de protesta y no hay delito cuando no existe dolo, sino la intención de visibilizar un reclamo político”, subrayó la abogada del CELS.
Finalmente, Juárez cuestionó la valoración probatoria realizada por la jueza: “Es muy claro el apartamiento de los testimonios producidos en el debate. Lo que debería hacerse en un caso con derechos constitucionales comprometidos es un análisis mucho más riguroso y estricto de las pruebas”.
El CELS también advirtió que el fallo contradice convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscriptos por el Estado argentino, que protegen de manera especial la actividad sindical y a sus dirigentes.
Cabe recordar que la jueza Marcela Leiva, es la hermana de la Ministra del STJ Cristina Leiva, por lo que, cuando la causa llegue a una instancia de apelación ante el máximo tribunal misionero, esta última debería excusarse de intervenir.