Provinciales
Hambre Cero: Desarrollo Social pagó $125 millones a un proveedor, sin licitación pública
La medida fue confirmada por el gobierno provincial a través del boletín oficial N° 16.348. Se invocó el artículo 80 de la Ley de Contabilidad General, que sostiene que “si el gasto pendiente de pago de un ejercicio anterior hubiera sido realizado (…) sin contar con créditos necesarios, será también reapropiado a la partida específica del nuevo presupuesto.”

Sin licitación pública, uno de los proveedores del Ministerio de Desarrollo Social de Misiones, cobró más de $125 millones por la provisión de leche en polvo destinada al programa Hambre Cero, de recuperación de niños desnutridos. La medida fue confirmada este miércoles en el Boletín Oficial N° 16.348, que da cuenta de la operatoria que favoreció a Misiocorp SRL, una empresa que viene facturando cientos de millones de pesos por año con el Estado provincial.
El Decreto N° 466, firmado el
pasado 25 de Marzo por el gobernador Hugo Passalacqua, como otros instrumentos
legales de este tenor, cuente dos artículos.
El Artículo 1° del Decreto 466/2025 reconoce “de legítimo abono” y reapropia “al presente ejercicio financiero la suma de la suma de $ 125.192.600,00 (…), a la firma ‘MISIOCORP S.R.L.’, (…), por la adquisición de 20.000 (veinte mil) unidades de Leche en polvo por 800 Grs. durante el mes de Junio de 2.024, conforme Factura ‘B’ N° 00003-00001844 y Acta de Recepción N° 470/2.024, encuadrando el procedimiento en los Artículos 44° y 80° de la Ley VII - N° 11 (antes 2.303) de Contabilidad”.
En tanto, el Artículo 2°, es
puramente de forma y autoriza “a la Dirección del Servicio Administrativo de
Desarrollo Social, a proceder a la liquidación y pago de lo dispuesto en el
artículo anterior, y efectuar el cargo a la partida del Presupuesto vigente que
se indica a continuación: 05-06-0-4-90-1-03-031-03160-0-01- Programa Hambre
Cero.”
Cada paquete de leche fue
adquirido por el Ministerio de Desarrollo Social a un costo de $6.259,63 –sin licitación
pública–. En junio del año pasado, el valor de la leche en polvo entera oscilaba
entre los $4.500 y los $8.500 pesos, según el portal Iprofesional.
¿Qué dicen estos artículos de la Ley de Contabilidad General mencionados en el decreto para avalar esta compra directa? El 44° sostiene que “el funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo anterior, o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio de la Provincia.”
“En este caso la autoridad superior en los poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos de la Constitución y
Descentralizados podrán optar por disponer del gasto, sin perjuicio de las
sanciones disciplinarias a que se hiciere acreedor. En la jurisdicción del
Poder Ejecutivo, tal atribución será ejercida por el funcionario superior en
jerarquía al autorizado para aprobar el gasto incurso en la irregularidad”,
completa este artículo 44° de la Ley VII – N° 11.
Asimismo, el artículo 43° precisa
que “(…) el Poder Ejecutivo podrá disponer reestructuraciones de créditos,
conforme a las facultades y con las limitaciones que anualmente establezcan la
Ley del Presupuesto General o sus complementarias (…)”
Por último, el Artículo 80,
indica: “Si el gasto pendiente de pago de un ejercicio anterior hubiera sido
realizado por un agente no autorizado para ello o en contravención con las
normas reglamentarias establecidas o sin contar con créditos necesarios, será
también reapropiado a la partida específica del nuevo presupuesto. Para ello
será necesario el reconocimiento del gasto por el organismo pertinente,
conforme lo establecido en el Artículo 44.”
En otras palabras, el decreto
466/2025 confirma que el gasto que se reconoce en el presente ejercicio fiscal,
se realizó por un funcionario “no autorizado”, o “en contravención con las
normas reglamentarias establecidas o sin contar con créditos necesarios”.