Provinciales

La provincia pagó casi $12 millones a la empresa de Closs, Petrovalle SRL, sin licitación pública

Es por la provisión de 8 mil litros de nafta infinia provistos en enero, a la Subsecretaría de Atención y Acompañamiento de Programas Especiales (4 mil litros), a la Dirección General de Gestión Operativa (2 mil litros); y a la Dirección General de Planeamiento y Monitoreo (2 mil litros) Se instrumentó por medio de tres decretos de “reconocimiento de legítimo abono”.

Jueves, 12 de junio de 2025 - 14:43 hs.
La provincia pagó casi $12 millones a la empresa de Closs, Petrovalle SRL, sin licitación pública

La empresa Petrovalle SRL propiedad del exgobernador y exsenador Maurice Closs, facturó otros $11.792.000 por la provisión de combustibles a la provincia de Misiones, sin pasar por licitación pública, como lo viene haciendo desde hace décadas –incluso, cuando era mandatario y se podría sospechar que incurría en negociaciones incompatibles con la administración pública.

Por medio de tres decretos publicados en el Boletín Oficial N° 16.369 del pasado jueves 5 de junio, el gobierno de Misiones autorizó el “reconocimiento de legítimo abono” de la compra de 8 mil litros de nafta infinia provistos en enero. Se trata de los decretos 570, 571 y 572, firmados por el gobernador Hugo Passalacqua, el pasado 3 de abril del 2025.

Los citados decretos, que son prácticamente idénticos entre sí, invocan como justificativo para las compras directas, sin licitación, el Artículo 44° de la Ley N° VII - N° 11 (antes Ley  N° 2.303)

El decreto 570/25 autoriza “a la Dirección del Servicio Administrativo de Hacienda y Finanzas y Contaduría General de la Provincia, a proceder a la liquidación y pago de la suma total de $ 5.896.000”, “en concepto de pago de la Factura N° 023500005136 (…) de fecha 07/02/2.025, por el concepto de provisión de 4000 litros nafta infinia correspondiente al mes de Enero de 2.025, destinado a la Subsecretaría de Atención y Acompañamiento de Programas Especiales (…)”

En tanto, el decreto 571/25 autoriza lo mismo que el anterior a la misma dirección, pero “en concepto de pago de la Factura N° 023500005137 por la suma total de $ 2.948.000,00 (…); de fecha 07/02/2.025, por el concepto de provisión de 2000 litros nafta infinia correspondiente al mes de Enero de 2.025, destinado a la Dirección General de Gestión Operativa”

Y por último, el decreto 572/25 también autoriza a la Dirección del Servicio Administrativo de Hacienda y Finanzas y Contaduría General de la Provincia, a abonar $ 2.948.000 (…), en concepto de pago de la Factura N° 023500005138 (…) de fecha 07/02/2.025, por el concepto de provisión de 2000 litros nafta infinia correspondiente al mes de Enero de 2.025, destinado a la Dirección General de Planeamiento y Monitoreo.”

Estas compras sin licitación pública fueron avaladas en base al artículo 44° de la Ley de Contabilidad General, que sostiene lo siguiente: “El funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo anterior, o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio de la Provincia”.

“En este caso la autoridad superior en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos de la Constitución y Descentralizados podrán optar por disponer del gasto, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que se hiciere acreedor. En la jurisdicción del Poder Ejecutivo, tal atribución será ejercida por el funcionario superior en jerarquía al autorizado para aprobar el gasto incurso en la irregularidad”, culmina este artículo, sobre las excepciones previstas por la ley en el artículo 43°, que indica que “el Poder Ejecutivo podrá disponer reestructuraciones de créditos”, aunque “ningún gasto podrá disponerse sin mediar disposición de autoridad competente (…)”