Política
Revés para el asesor presidencial, Santiago Caputo: La Justicia rechazó el amparo de Kueider para que le devuelvan la banca
El fallo del juez Lavié Pico, indicó que la participación de la vicepresidente Victoria Villarruel “no ha tenido injerencia alguna en el resultado de la votación al que finalmente arribaron los senadores nacionales en uso de sus atribuciones privativas”.

Este viernes se conoció el fallo del juez en lo contencioso
administrativo federal Enrique Lavié Pico, quien rechazó el amparo que presentó
el destituido senador nacional oficialista, Edgardo Kueider para ser repuesto
en su cargo.
En su presentación el dirigente detenido en Paraguay por tratar
de ingresar a ese país con 211.000 dólares sin declarar, había requerido la
anulación de la sesión en la que fue expulsado del Senado, utilizando los
argumentos del presidente Javier Milei: que la titular de la Cámara alta,
Victoria Villarruel, se encontraba en ejercicio del Poder Ejecutivo nacional
por la gira proselitista del mandatario en Italia.
Sin embargo, Lavié Pico rechazó “in limine” el planteo de la
defensa de Kueider quien se encuentra bajo prisión domiciliaria en Asunción, en
un hotel de lujo, luego de haber pagado $300 mil dólares de fianza –$150 mil
por su secretaria y/o pareja Iara Ginsel Costa.
“Acceder al planteo formulado por el demandante, implicaría la
inaceptable declaración de la nulidad por la nulidad misma”, argumentó Lavié Pico,
en línea con el planteo del constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
“Teniendo en cuenta la presunción general de validez que
acompaña a todos los actos estatales y, por ello, toda ley se presume
constitucional, toda sentencia se considera válida y todo acto administrativo
se presume ajustado a derecho. Así, en virtud del mentado principio de
legitimidad que fluye de todo acto emanado del Estado, ante un acto que no esté
afectado de un vicio grave y manifiesto, es necesario para quien sostiene su
nulidad, alegarla y -sobre todo- probarla”, remarca la resolución firmada por
el juez Enrique Lavié Pico.
De acuerdo con el portal LPO, el fallo añade que “por los
motivos expuestos, corresponde desestimar el planteo intentado por el
accionante”.
“Corresponde concluir que en el ámbito de las facultades
exclusivas atribuidas constitucionalmente, la función jurisdiccional no alcanza
al modo de ejercicio de las mismas, por lo que las consideraciones formuladas
por los integrantes de la H. Cámara de Senadores de la Nación en oportunidad de
la Sesión Pública Especial celebrada el 12 de diciembre del corriente año y la
decisión allí adoptada, relativa a la remoción del Senador Nacional Edgardo
Darío Kueider por inhabilidad moral para desempeñar tan eminente función
pública en razón de los hechos acaecidos en la República del Paraguay, no
pueden ser revisados en esta sede judicial porque su examen constituye una
competencia exclusiva y excluyente atribuida al Senado de la Nación por el art.
66 de la Carta Fundamental”, cierra el fallo de Lavié Pico, lapidario contra el
planteo de los abogados de Kueider.
Este fallo supone un revés político de primera magnitud para Kueider
y Milei, pero, sobre todo, para el asesor presidencial Santiago Caputo, quien
promovió a Kueider para la presidencia de la Comisión de Asuntos
Constitucionales y para la Bicameral de Control de los Servicios de
Inteligencia, aunque en este último caso, no tuvo éxito y el senador radical
Martín Lousteau fue elegido como titular.
Se espera que Kueider apele este fallo, pero resulta impensable
la intervención de un tribunal de apelación en favor del exsenador sospechado
de haber recibido coimas para votar a favor de la Ley Bases. Sobre todo, en la
medida en que siguen apareciendo indicios y pruebas contra el entrerriano, en
el marco de causas por lavado y enriquecimiento ilícitos que se tramitan en
Argentina.