Luego de una importante demora, el presidente Javier Milei deberá definir en los próximos 10 días qué hacer con tres leyes aprobadas que impactan en jubilaciones, moratorias previsionales y la emergencia en discapacidad. Recién este lunes el Senado finalmente comunicó formalmente los textos a la Casa Rosada, y ya corren los diez días hábiles que marca la Constitución para que el Ejecutivo decida si las promulga o las veta.
El plazo vence el domingo 4 de agosto y si Milei cumple con sus amenazas y veta los proyectos, el Congreso puede insistir con las leyes con los dos tercios de ambas Cámaras. Vale recordar que el año pasado, el presidente ultraderechista logró sostener sus vetos contra las leyes de financiamiento universitario y de aumento en jubilaciones, gracias a “87 héroes” para la Casa Rosada, es decir, diputados que apoyaron la anulación de esas normas.
Entre esos “héroes liberticidas”, estuvieron los misioneros Martín Arjol –que había votado a favor de ambos proyectos y el 1° de septiembre del 2024 había declarado ante la TV nacional que rechazaría el veto contra los jubilados–; la puertista de La Libertad Avanza, Florencia Klipauka y el bullrichista Emmanuel Bianchetti. En tanto, los renovadores Carlos Fernández, Yamila Ruiz, Daniel Vancsik y Alberto Arrúa, se abstuvieron de votar, favoreciendo a la Casa Rosada. Se descuenta que los primeros tres estarán para apoyar a los vetos, no hay tanta seguridad sobre lo que harán los diputados de la Renovación.
De acuerdo con el diario Perfil, el gobierno nacional anunció que vetará las leyes, al menos parcialmente. Así lo expresó Milei en su discurso del 10 de julio en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el mismo día en que el Senado sancionó las leyes. “Voy a vetar todo lo que rompa el equilibrio fiscal”, aseguró el presidente ultraderechista y agregó que, si el Congreso insiste con sus votos, judicializará las normas.
Vale aclarar que la judicialización de las normas, que se sostiene en el endeble argumento jurídico sobre la supuesta invalidez de la sesión del Senado que aprobó los proyectos, es ilegal si Milei firma el veto: como lo explicó el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, al vetar las leyes, el Ejecutivo convalida tácitamente el proceso de su sanción. Es decir, o Milei desconoce el proceso de sanción y anulación de leyes o directamente no le importa y está dispuesto a desobedecer la ley, quedando a tiro del juicio político.
Como sea, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, también ratificó esa postura de Milei en reiteradas entrevistas. El otro camino que el oficialismo había sugerido era el de judicialización, aunque ese camino lo buscarían si el Congreso rechaza primero el veto con los dos tercios necesarios.
Las normas sancionadas en la Cámara alta el 10 de julio fueron impulsadas por bloques opositores y votadas en el marco de una sesión autoconvocada que el oficialismo calificó como “ilegal”. Pese a los cuestionamientos, las tres leyes ya tienen número y fueron publicadas por el Senado en su sitio web. Son la 27.791 (movilidad jubilatoria y bono previsional), la 27.792 (moratoria previsional) y la 27.793 (emergencia en discapacidad).
La primera en ser aprobada por el Senado fue la Ley 27.791. Establece un incremento del 7,2% sobre los haberes previsionales, eleva el bono extraordinario —congelado desde hace más de un año— de 70 mil a 110 mil pesos, y dispone su actualización mensual por índice de movilidad. Además, ordena a la ANSeS transferir fondos a las provincias que mantienen sistemas jubilatorios no transferidos a la Nación.
Esta norma logró amplias mayorías: en Diputados cosechó 146 votos afirmativos, 67 negativos y 19 abstenciones; mientras que en el Senado obtuvo 52 votos positivos y 4 abstenciones. Si Milei decide vetarla, el Congreso podría insistir con su sanción con dos tercios de los votos, un número que en este caso está al alcance.
La segunda norma es la que restablece por dos años la moratoria previsional, prorrogando la vigencia del capítulo II de la Ley 27.705, que permite acceder a una jubilación a quienes no reúnen los años de aportes requeridos. También introduce modificaciones en la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
En Diputados fue aprobada por 111 votos a favor, 100 en contra y 15 abstenciones, mientras que en el Senado alcanzó 39 votos positivos, 14 negativos y 1 abstención. La diferencia respecto de los dos tercios, hace más difícil una eventual insistencia en caso de veto presidencial. Se da por descontado que los gobernadores no apoyarían este proyecto que beneficia a los trabajadores que no pueden jubilarse por no cumplir con los 30 años de aportes.
En cuanto a la tercera ley votada, la de Emergencia Nacional en Discapacidad, establece esta condición hasta el 31 de diciembre de 2026, e incluye una serie de medidas de financiamiento sostenido para pensiones no contributivas por discapacidad y asistencia a prestadores del sistema, en el marco de la Ley 24.901.
Entre los puntos centrales, contempla un régimen especial de regularización de deudas tributarias, condonación de intereses y multas, refinanciación de planes de pago caducos y simplificación de trámites. Fue aprobada con 150 votos afirmativos en Diputados (dos tercios de los presentes) y por unanimidad en el Senado con 56 votos positivos. Es la que tiene mayor respaldo político y, por eso, dentro del oficialismo algunos sectores analizan un veto parcial en lugar de total.
En esta ley, hubo hasta apoyos de parte de legisladores del PRO, aliados de LLA. En el oficialismo entienden que el veto no implicaría pagar un “costo político” sino sostener su argumento de mantener el orden fiscal y “terminar con los curros”.
De acuerdo al artículo 80 de la Constitución Nacional, el presidente tiene diez días hábiles para promulgar u observar una ley sancionada por el Congreso. Si no lo hace en ese plazo, se considera aprobada automáticamente. En este caso, como el Senado comunicó las leyes este lunes 15 de julio, el plazo vencerá el domingo 4 de agosto.
En caso de veto total o parcial, el trámite parlamentario volverá a iniciarse por la Cámara de origen —Diputados, en estas tres leyes—, que podrá aceptar el veto, rechazarlo por mayoría simple o insistir con la ley original con dos tercios de los votos. Si ambas cámaras insisten con ese número, la ley se convierte en obligatoria y el Ejecutivo debe promulgarla.