Política

Pastori cuestionó “uso y abuso de las excepciones en las contrataciones públicas”

A través de una crítica columna de opinión, el diputado nacional (mandato cumplido) advirtió sobre los manejos discrecionales de los recursos del Estado misionero, a través de las contrataciones directas, los reconocimientos de gastos y las reapropiaciones de gastos.

Domingo, 6 de octubre de 2024 - 20:58 hs.
Pastori cuestionó “uso y abuso de las excepciones en las contrataciones públicas”

En el marco del verdadero festival de contrataciones directas y reconocimientos de gastos que viene concretando el gobierno provincial, desde, por lo menos, principios de año, el exdiputado nacional y exdiputado provincial, referente de la UCR Misiones y contador público Luis Pastori, elaboró un crítico informe sobre el estado de la cuestión, con ejemplos concretos de lo que considera un manejo discrecional de recursos que deberían pasar por licitaciones públicas y estar bajo el control de Contaduría General de la provincia y el Tribunal de Cuentas.  

“Repasando rápidamente los decretos del Gobernador de la provincia que se publican –casi siempre tardíamente y en forma incompleta– en el Boletín Oficial, se observa un abuso de las excepciones a los principios generales que rigen las contrataciones públicas en cuanto a los procedimientos que se deben seguir en aras de la transparencia y de la igualdad entre los proveedores de bienes y servicios”, planteó el diputado nacional (mandato cumplido) en el comienzo del documento de análisis sobre el manejo de las cuentas públicas.

En esta línea Pastori aseguró que la “Ley de Contabilidad VII N° 11 (ex Ley 2303) prevé distintos procedimientos en ese sentido, los que son constantemente burlados sin que los organismos de control tanto interno como externo de la administración actuaran cumpliendo con su rol”.

De acuerdo con Pastori, en los decretos del gobernador Hugo Passalacqua, del año en curso, se puede identificar tres tipos de maniobras para eludir los controles institucionales sobre los recursos del Estado misionero: el reconocimiento de gastos, las contrataciones directas, y la reapropiación de gastos.

I – “Reconocimientos de gastos”

“El artículo 43 de la ley establece cuales son las condiciones de legitimidad de las compras, a saber: i) que ningún gasto se podrá disponer sin mediar disposición de autoridad competente, ii) ajustado al procedimiento que establece la Ley, y iii) disponiendo de crédito presupuestario suficiente. Ello, no obstante, las contrataciones públicas están plagadas de procedimientos irregulares en los que se dispone del gasto, sin cumplir con dichas exigencias”, detalló Pastori.

“Así encontramos, por ejemplo, contrataciones directas por montos exorbitantes (sin el llamado a licitación correspondiente), en contrataciones de servicios de viandas para hospitales; servicios de limpieza integral en dependencias públicas varias; iluminación, sonido y pantallas led en eventos; gas licuado para cocinas centralizadas con destino a comedores comunitarios y merenderos; compra de módulos alimentarios, artículos de limpieza y víveres frescos; servicios de seguridad y vigilancia en dependencias del Estado; transporte de delegaciones deportivas a distintos lugares del país; racionamiento con destino a la población carcelaria; avisos publicitarios varios en medios; etc., etc.”, recalcó el exdiputado.

“Para salvar estas situaciones que debieran ser excepcionales –difícilmente estas contrataciones no se puedan prever con la antelación suficiente–, se apela en forma recurrente a la figura del ‘Reconocimiento del gasto’ prevista en el artículo 44, que dispone que el funcionario que haya incurrido en dicha trasgresión responde personalmente del total autorizado, ‘(…) salvo el gasto haya resultado en beneficio de la provincia’. En tal caso, la máxima autoridad (el Gobernador en este caso) puede optar por ‘disponer del gasto’ sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan, y que, por cierto, jamás se aplican”, fustigó Pastori.

II – “Contrataciones Directas”

“Casi siempre, junto con el ‘reconocimiento del gasto’ se transgrede el límite de las contrataciones que se pueden efectuar en forma directa sin llamado a licitación privada o pública. Por tal motivo, se apela en los decretos a justificar dichas compras amparándose en las excepciones que prevé el Art. 85, el cual en sus diversos incisos establece los motivos de dichas excepciones, pero especialmente en su inciso d) establece que se podrá obviar la licitación cuando ‘cuando circunstancias imprevisibles o razones de urgencia debidamente fundadas, no permitan esperar la gestión de una licitación;’ y en su párrafo final dispone que: ‘Las causales de excepción para realizar contrataciones directas que así lo requieran, deberán ser razonadamente fundadas, bajo responsabilidad exclusiva de la autoridad con competencia para contratar que las invoca. Esta autoridad, ejerce así la facultad excluyente de determinar el mérito, oportunidad o conveniencia del acto’”, sostiene Pastori en su análisis sobre el manejo de las cuentas públicas en Misiones.

De acuerdo con el exdiputado, esto significa que “la autoridad que contrata (el Gobernador) dispone por sí y ante sí cuando una compra tiene mérito o conveniencia para hacerla en forma directa como excepción al principio general de la licitación. Cuando las excepciones son muchas más en cantidad que la regla, entonces impera la opacidad y la falta de transparencia”.

III – “Reapropiación del gasto”

“Finalmente, el artículo 80 de la Ley de Contabilidad se refiere al procedimiento denominado ‘Reapropiación del gasto’, que se da cuando una erogación de algún ejercicio anterior no se hubiera hecho de acuerdo con las pautas antes señaladas y no se hubiera pagado, recurriéndose entonces –otra vez– a la figura del ‘reconocimiento del gasto’”, explicó Pastori en base a los numerosos decretos que viene firmando Passalacqua, una práctica que no se inició con su segunda gestión al frente de la provincia, sino que se arrastra desde hace años atrás.

“Muchos decretos recurren a esta excepción, pero quiero señalar uno en especial que resulta muy llamativo. Se trata del Decreto 168/24publicado a fines de febrero, que dispone el pago de $ 1.200.000 (a razón de $ 100.000 por mes), por el servicio de mantenimiento integral de las ‘Fuentes Cataratas’ en las plazoletas de Avenida de Mayo y Rivadavia y de las calles Lima y (Bernardo) de Irigoyen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los meses de ¿¿¡¡enero a diciembre de 2019!!?? Es decir, ¡¡la administración demoró 5 años en concretar el pago de tal servicio!! Inexplicable por donde se lo quiera mirar”, bramó Pastori.

Por último, a modo de conclusión, el exlegislador nacional argumentó que “para mejorar el mecanismo de las contrataciones del Estado provincial, se requiere mayor apego a los principios que establecen la Constitución y las leyes, y menos decretos de excepción recurriendo a los ‘reconocimientos de gastos’, ‘contrataciones directas’ y ‘reapropiación del gasto’ de los que están plagados los boletines oficiales”.

“Y, por supuesto, mayor y mejor cumplimiento de sus funciones de aquellos organismos que tienen por función el control interno y externo de las cuentas públicas, la Contaduría General de la Provincia y el Tribunal de Cuentas respectivamente. Solo así podremos confiar en que, el uso de los dineros públicos se realiza con transparencia y equidad”, sentenció Pastori.