El secretario general del CGE protege a la delegada de la CTA – T, que fue designada de forma irregular, según denuncia

Sin brindar ningún argumento Francisco Carosini rechazó por “extemporáneo” el planteo formulado por el sindicato Udnam respecto de Lucía Lemos, nombrada como bedel en la Escuela Normal Superior EEUU del Brasil, pese a ya contar con otros dos cargos como preceptora, violando lo que estipula el decreto 1077/75. El funcionario adomista tampoco se refirió al ilegal traslado de cargo que benefició a Lemos, siendo interina.

Jueves, 31 de julio de 2025 - 14:27 hs.
El secretario general del CGE protege a la delegada de la CTA – T, que fue designada de forma irregular, según denuncia

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Por medio de la Resolución N° 2635/2025, firmada el 24 de junio último, el Secretario General del Consejo General de Educación (CGE) Francisco Carosini rechazó el reclamo presentado por la Unión de Docentes Nueva Argentina Misiones (Udnam) referido a la designación de la militante de Adomis, Lucía Lemos, en un cargo de bedel en la Escuela Normal Superior EEUU del Brasil.

La resolución firmada únicamente por Carosini, que beneficia a la delegada de la CTA de los Trabajadores, se basa en el dictamen 407/2025 de la Dirección de Asuntos Legales, que considera “extemporáneo” el reclamo de Udnam. 

Vale recordar que la presentación del sindicato surge por una evidente violación e interpretación arbitraria del decreto 1077/75 que “establece como orden de prioridad en las designaciones con carácter de interinos y suplentes, de preceptores y bedeles de enseñanza media y superior (a) aspirantes sin cargos, inscriptos en término (…)”. Y por otra medida del CGE que benefició a la adomista delegada de la CTA – T, Lemos, a la que le trasladaron un cargo siendo interina. 

En los considerandos de la resolución 2635/25, Carosini sostiene que el planteo por una “presunta designación irregular en un cargo de bedel en el ámbito de la Escuela Normal Superior EEUU del Brasil” formulado el 17 de enero por Udnam, ya fue analizado por la Dirección de Asuntos Legales.

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La resolución remarca que esa dirección en su dictamen 407/2025 sostiene que “el reclamo incoado es absolutamente extemporáneo, ya que mencionan varias Resoluciones emitidas por este organismo, a saber: Resoluciones 626/20, 840/20, 2130/21, 1198/22, 490/24 y asimismo la disposición 81/23, todos estos instrumentos legales se encuentran agregados en el presente expediente y conforme la fecha de emisión de los mismos, al día de la fecha se encuentran firmes, consentidos y ejecutoriados, habiendo además ya generado derechos subjetivos en favor de una docente, en este caso Lemos (…) no pudiendo ser revocados modificados o sustituidos en sede administrativa (…)”

Cabe subrayar que el “argumento” del dictamen 407/25 parece ser que no se puede cuestionar una designación presuntamente irregular porque se basa en resoluciones anteriores del organismo. Es decir, no se revisa lo actuado por la Dirección de Asuntos Legales que, además, generaron “derechos subjetivos” en favor de la delegada de la CTA de los Trabajadores y militante de la agrupación renovadora Adomis.

No obstante, según sostiene Carosini en la resolución 2635/25, “en sesión de fecha 15 de abril del año 2025, el Honorable consejo tomó conocimiento del presente expediente y resolvió rechazar el reclamo presentado (…) atento que resulta extemporáneo y las resoluciones (citadas) han quedado firmes, habiendo generado derechos subjetivos en favor de la docente Lucía Rossana Lemos (…) no pudiendo ser revocados (…)”. Es decir, se reitera el párrafo anterior, sin hacer ninguna defensa argumental de los motivos que llevaron al CGE y a la Dirección de Educación Superior a designar a la adomista como bedel, cuando ya tenía dos cargos de preceptora, invocando el decreto 1077/75 que prioriza justo lo contrario: que se debe designar, primeramente, a las personas que no tienen cargos.

La resolución firmada por el adomista Carosini, no brinda ningún argumento para defender la interpretación presuntamente maliciosa o amañada del decreto 1077/75, que benefició a Lemos y perjudicó a su predecesora, Sonia Pacheco.  

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“Esta resolución indica que el desplazamiento de Sonia Pacheco, corresponde de acuerdo con el Criterio Legal en el sentido de que para las designaciones se deberá tener en cuenta el decreto N° 1077/75 que establece ‘el orden de prioridades en las designaciones con carácter interino y suplente, de preceptores o bedeles de establecimiento de enseñanza media y superior’”, sostiene la denuncia de la secretaria general de Udnam, Estela Genesini y el abogado Javier Olano.

Sin embargo, el decreto 1077/75 se interpretó de una forma para despojar a Pacheco del cargo, y de forma inversa, para nombrar a la adomista de la CTA – T, Lemos en la Bedelía. “(…) Con total desatino, para el 5 de abril del 2022, Lemos ya había sido designada en los cargos de preceptora en la EPET 34 (desde 2020) y en el Colegio Nacional Martín de Moussy (desde 2021) Ergo, no era prioridad para el nombramiento y se perjudicó a todos los aspirantes legalmente legitimados para acceder en forma prioritaria”, señalaron los denunciantes Genesini y Olano.

Lemos ya tenía dos cargos de preceptora, al momento de ser designada como bedel, según consta en la documentación oficial que acompaña la denuncia. La delegada de Adomis y la CTA – T, “está designada por la resolución 840/20 como preceptora en la EPET 34, donde está con licencia sin goce de haberes (ocupa la plaza 602442); la nombraron como preceptora en el Colegio Nacional Martín de Moussy por medio de la resolución 2130/21 (plaza 28824), donde también está de licencia (pero con goce de haberes); y finalmente, por la resolución 490/24, Lemos fue nombrada como interina en la bedelía de la Normal Superior EEUU del Brasil (ocupa la plaza 31704) y está de licencia (con goce de haberes) por ser delegada sindical”.

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“Es tan grosera la irregularidad que no resiste mayor análisis, ya que Lemos teniendo dos cargos, accede a la bedelía alegando en dicha resolución (1198/22) que es en base al decreto (1077/75), cuyo texto e inteligencia la habría excluido de acceder en forma prioritaria por sobre otros aspirantes”, fustigaron los denunciantes en la presentación ante el CGE, que fue desestimada por Carosini y la Dirección de Asuntos Legales del CGE.

“Esta inequidad derivada del favoritismo político desconoce el derecho a acceder a cargos a docentes sin cargo e implica un trato desigual para cientos de docentes que no pueden acceder a un segundo cargo por imperio de la regla del decreto 1077/75. Lemos, siendo delegada de Adomis – UDPM y con dos cargos, accedió a un favor político para acceder a una bedelía a la que no tenía derecho alguno, desnaturalizando el sistema de designación docente”, plantearon los denunciantes de Udnam, en argumentos que ni siquiera fueron tratados por Carosini y el CGE.

Por otra parte, la resolución 2635/25 tampoco responde a la cuestión planteada por otra irregularidad flagrante que benefició a Lemos: un traslado siendo interina. “Es plenamente verificable que Lemos tenía un cargo en la Escuela Normal de Montecarlo y en 2020, con la escuela cerrada por la pandemia del coronavirus, el CGE le traslada las horas, convirtiéndolas en un cargo de preceptor a la Escuela Provincial de Enseñanza Técnica N° 34 de Posadas”, indican Genesini y Olano en la presentación realizada el 17 de enero.

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“La resolución 840/20, firmada el 2 de julio del 2020, resolvió ‘desafectar’ a Lemos del cargo de preceptora en la Escuela Normal Superior N°2 de Montecarlo, y ‘afectar definitivamente’ a esta representante sindical de UDPM, al cargo de preceptor de nivel secundario turno tarde en la EPET 34 (…) Todo esto en forma absolutamente ilegal, ya que la propia resolución da cuenta que Lemos era interina en la Normal Superior de Montecarlo (por otra resolución, la N° 626/20) y aun así le trasladaron el cargo a la EPET 34 de Posadas”, enfatizaron los denunciantes de Udnam, que recordaron al CGE, que “la ley VI Nº 6 determina que no se puede trasladar cargos interinos, pues es un derecho del titular, por lo que dicha decisión violenta y menoscaba las reglas del Estatuto Docente.”

Consumada este traslado de cargo ilegal, según la denuncia desestimada por Carosini, “en 2021, Lemos reclamó el cargo de bedelía de la Normal Superior EEUU del Brasil, alegando que quien estaba en ese cargo, ya tenía un cargo de preceptor. Y en consecuencia, el CGE en la resolución que remueve a Sonia Pacheco y entrega el cargo de bedelía a Lemos (en interinato)”, argumentando “que se debe tener en cuenta el decreto 1077/75, que sostiene que quien tiene cargo, posee prioridad por sobre los sin cargo.”

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Como reveló Agencia Hoy, Lemos no ejerce ninguno de los cargos con los que fue presuntamente beneficiada, porque cuenta con licencia gremial por ser delegada de la CTA de los Trabajadores, hasta fines del 2026.

Una docente con vasta experiencia en el sistema educativo superior, explicó a Agencia Hoy, por qué es sintomática esta designación sospechada de acomodo y favoritismo político, que es blindada por Carosini y el CGE.

“Hay gente que perdió el segundo cargo por el decreto 1077/75. Pero como La Junta de Clasificación y Disciplina no tiene un padrón de los que están sin cargos, los directivos tienen que ejecutar 'de oficio' el decreto. Acá hay una realidad: Lucía Lemos fue trasladada irregularmente, pero más allá del traslado, se le dio la Bedelía, ya teniendo dos cargos. No es para menos”, detalló la fuente consultada. 
“Lemos no era personal titular de la escuela. La que estaba en el cargo de bedelía, Sonia  Pacheco, sí era preceptora titular de la escuela. A ella, siendo titular en un turno, sí le correspondía (la bedelía) por ser titular de la Escuela Normal Superior. Entonces Lemos reclamó la bedelía, ya teniendo dos cargos y se la dieron a ella, siendo personal externo de la escuela. ¿Por qué? Se lo dieron en función del decreto que dice que no se puede tener dos cargos. Pero ya tenía dos cargos y le sacó a una preceptora que sí es titular de la escuela”, puntualizó la fuente, con amplio conocimiento de lo que sucede en la Escuela Normal Mixta, que para muchos docentes, sería el paradigma de la corrupción con los cargos y horas superiores en Misiones.
De acuerdo con la fuente, “Pacheco estaba más ajustada a los términos del estatuto docente y no Lemos que vino de afuera (de la escuela, con traslado) y que ya tenía sus dos cargos. Evidentemente para algunos, si les van a dar un segundo cargo y para otros, no”, explicó una docente al respecto del caso.
En esta línea, la fuente sostuvo que muchos preceptores y preceptoras perdieron su segundo cargo en base al decreto 1077/75, pero otros sí pueden tener más de un cargo. “Nadie vive con un cargo de preceptor o de maestro en una provincia que te paga un sueldo miserable. Ahora bien, también están los que no tienen trabajo. Pero el meollo de la cuestión es que se abrieron demasiadas carreras de preceptores y encima se abrió esa carrera de UDPM floja de papeles. Entonces se llenó de preceptores y cuando hay que darles cabida laboral a toda esa gente, desempolvaron este decreto 1077/75, que es de la época de la Dictadura”, puntualizó la fuente.