Compras de leche sin licitación y con posible sobreprecio en Misiones: dos proveedores de Desarrollo Social cobraron $628 millones

Lo informó el gobierno de la provincia en el último boletín oficial de esta semana, el N° 16.487 que apareció el viernes 28 de noviembre. Fue por medio de dos decretos de reconocimiento de legítimo abono firmados en julio de este año, vinculados a compras concretadas en enero del 2025 y marzo del 2024. El precio abonado es muy superior al de mercado en las fechas de entrega de los paquetes de 800 gramos de lácteos deshidratados.

Domingo, 30 de noviembre de 2025 - 17:17 hs.
Compras de leche sin licitación y con posible sobreprecio en Misiones: dos proveedores de Desarrollo Social cobraron $628 millones

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El Ministerio de Desarrollo Social pagó en julio de este año, más de $628 millones a dos proveedores de leche en polvo, en una operatoria sin licitación pública y con presunto sobreprecio, si se comparan los valores de mercado que informó el OCLA (Observatorio de la Cadena Láctea Argentina) para marzo del 2024 y enero del 2025 y los que efectivamente se abonaron a las empresas Selva Nuestra SRL y Consultora Cataratas SA, por medio de dos decretos del gobernador Hugo Passalacqua.

Ambos decretos aparecieron publicados en el Boletín Oficial Nº 16.487, de este viernes 28 de Noviembre, lo que implica que se demoró más de cuatro meses en difundir esta información oficial. Además, como los decretos son de reconocimiento de legítimo abono, se hace alusión a compras de insumos del Ministerio de Desarrollo Social que tuvieron lugar mucho tiempo atrás: concretamente, enero del 2025 y marzo del 2024. Es decir, entre el momento de entrega de los alimentos al ministerio y el de la difusión oficial en el Boletín, pasaron 11 meses y 20 meses, respectivamente.

Es prácticamente una regla no escrita, que las compras directas, sin licitación, los reconocimientos de legítimo abono y las apropiaciones de gastos de anteriores años fiscales en Misiones, no serán informados el mismo día de la firma de los decretos. Ni en la misma semana, ni en el mismo mes. Lo usual son demoras de 3 o 4 meses, pero pueden darse retardos más pronunciados.

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El Decreto N° 1371, firmado el 7 de julio pasado, reconoce “de legítimo abono” y reapropia “al presente ejercicio financiero la suma de $ 270.840.000,00 (…), a favor del proveedor (‘Selva Nuestra SRL’) (…) por la adquisición de 40.000 (cuarenta mil) unidades de Leche Entera en Polvo por 800 Grs., entregados en carácter de Refuerzo en el ámbito de la Emergencia Alimentaria, en virtud de la urgencia de asistir a través de las distintas Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro, Organizaciones Comunitarias, Voluntariado Comunitario, a la Población Carenciada con un alto grado de Vulnerabilidad Social de la Provincia de Misiones, durante el mes de Marzo de 2.024 (…),”

Este decreto detalla que la entrega de los paquetes de leche se dio por medio de la Factura “B” N° 00001-00000004 “y Acta de Recepción N° 168/2.024, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° y 80° de la Ley VII - N° 11 (antes 2.303) de Contabilidad.”

Según el instrumento legal, se autorizó ese 7 de julio, “a la Dirección del Servicio Administrativo de Desarrollo Social a proceder a liquidación y pago de lo dispuesto (…), y efectuar el cargo a la partida del presupuesto vigente que se indica a continuación: 05-01-0-01-4-30-1-03-031-03160-0-01 - Otras Políticas Sociales.”

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Con estos números, por cada paquete de 800 gramos de leche en polvo entregados por Selva Nuestra SRL al ministerio que preside Fernando Meza, se pagaron $6.771. Ahora bien, de acuerdo con el OCLA, en marzo del 2024 –fecha de entrega de los alimentos– el kilogramo (1.000 gramos) de leche en polvo estaba en los $4.661,86. Esto significa que, según el observatorio, los 800 gramos de leche en polvo, en esa fecha en Argentina, costaban $3.729,48

Dado que no hay datos disponibles sobre el costo de la leche en polvo, en el mercado provincial, no se puede confirmar que efectivamente hubo sobreprecios. De todas formas, parece poco probable que los paquetes de 800 gramos de leche en polvo hayan estado a $6.771 en las góndolas de Misiones, en marzo del año pasado. De hecho, se habría pagado casi el doble si se comparan los valores del OCLA y los informados por el Boletín Oficial provincial. 

Cabe aclarar que efectivamente hubo un importante retardo en el pago efectivo a este proveedor Selva Nuestra SRL, que entregó insumos en marzo del 2024 y terminó cobrando en julio del 2025, unos 16 meses más tarde. De todas formas, según el OCLA, el precio de mercado de la leche en polvo, en julio del 2025, fue de $6.360,34 por cada 1.000 gramos ($5.088,27 por cada 800 gramos), es decir, por debajo de lo que pagó el Estado provincial ($6.771 por cada 800 gramos)

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De manera muy similar, otro decreto autorizó un nuevo pago multimillonario por la vía del “reconocimiento de legítimo abono”, esta vez, involucrando a otro proveedor de Desarrollo Social. También publicado en el Boletín Oficial del viernes último, el Decreto N° 1372 del 7 de julio pasado, reconoció “de legítimo abono la suma total de $ 357.508.800,00 (…), a favor de la firma (‘Consultora Cataratas SA’) por la adquisición de 32.000 (treinta y dos mil) unidades de leche entera en polvo por 800 Grs., durante el mes de Enero de 2.025”.

En este primer artículo del decreto 1372/25 se menciona que la operación de concretó “conforme Factura ‘B’ Nro. 00004-00000438 y Acta de recepción N° 45/2025, encuadrando el procedimiento en el Artículo 44° de la Ley VII - N° 11 (antes 2.303) de Contabilidad.”

De forma casi idéntica al decreto 1371/25, este decreto autorizó “a la Dirección del Servicio Administrativo de Desarrollo Social a proceder a la liquidación y pago de lo dispuesto en el artículo anterior y efectuar el cargo a la partida del presupuesto vigente que se indica a continuación: 05-01-0-01-4-30-1-03-031-03160-0-03 - Asistencias a Comedores.”

No es el primer decreto de reconocimiento de legítimo abono en beneficio de Consultora Cataratas SA que mostraría posibles sobreprecios. Al analizar los datos informados oficialmente por la provincia, surge que se abonaron $11.172,15 por cada paquete de 800 gramos de leche, entregados al ministerio en enero del 2025.

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Ahora bien, según el OCLA, en enero del año en curso, el precio de la leche en polvo, era de $6.355,69 por cada 1000 gramos. En consecuencia, según el observatorio, este lácteo esencial para la alimentación de niños en Argentina, costaba $5.092,55 por cada 800 gramos del producto. Nuevamente, como en el caso de Selva Nuestra SRL, el valor pagado en julio vía decreto, es mucho mayor al posible precio de mercado de enero del 2025. De hecho, se pagó a Consultora Cataratas SA, más del doble de lo que habría sido el valor de mercado.

Como en el caso anterior, al faltar información oficial sobre el precio de mercado en Misiones, no se puede constatar fehacientemente, cuál fue la diferencia entre lo abonado por Desarrollo Social y el valor en las góndolas. Es más, los propios decretos no detallan cuánto se pagó por cada paquete de leche o cómo se llegó al número global. Como sea, al no haber licitación pública, no hay puja entre oferentes.  

Asimismo, en julio del 2025, el precio de la leche en polvo fue de $6.360,34 por cada 1.000 gramos ($5.088,27 por cada 800 gramos), según datos del OCLA, es decir, mucho menos de lo que pagó el Estado provincial a Consultora Cataratas SA ($11.172,15 por cada 800 gramos)

Por último, como ocurre en casi todas las contrataciones y compras del Estado provincial que apelan al “reconocimiento de legítimo abono”, se respaldan en las excepciones que habilita la Ley de Contabilidad General para sortear las licitaciones públicas. Es por eso que se menciona el artículo 44° y el 80° de la Ley VII – N° 11. 

“El funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo anterior, o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio de la Provincia. En este caso la autoridad superior en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos de la Constitución y Descentralizados podrán optar por disponer del gasto, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que se hiciere acreedor”, indica el mencionado artículo 44° de la Ley de Contabilidad General, citado en los decretos 1371/25 y 1372/25.

Por su parte, el artículo 43° implícito en el texto del 44° de la Ley VII – N° 11, define los parámetros legales de estas operaciones de reconocimiento de gastos y aclara que “ningún gasto podrá disponerse sin mediar disposición de autoridad competente, ajustado al procedimiento que establece esta Ley y su reglamentación, disponiendo de crédito presupuestario suficiente, siendo todas estas condiciones de legitimidad del acto.”

En tanto, el artículo 80° de la ley de contabilidad, indica que “si el gasto pendiente de pago de un ejercicio anterior hubiera sido realizado por un agente no autorizado para ello o en contravención con las normas reglamentarias establecidas o sin contar con créditos necesarios, será también reapropiado a la partida específica del nuevo presupuesto. Para ello será necesario el reconocimiento del gasto por el organismo pertinente, conforme lo establecido en el Artículo 44.”