Política

Pastori advirtió sobre el “uso y abuso de las excepciones en las contrataciones públicas”

El exdiputado nacional, Luis Pastori, analizó los numerosos decretos que viene firmando el gobierno provincial, autorizando contrataciones directas o reconociendo pagos efectuados para gastos corrientes, maniobras que permiten evadir los controles y por ende, enturbian las operaciones comerciales del Estado.

Miércoles, 2 de octubre de 2024 - 12:30 hs.
Pastori advirtió sobre el “uso y abuso de las excepciones en las contrataciones públicas”

En las últimas horas, el diputado nacional (MC) Luis Pastori, elaboró un crítico informe sobre lo que considera abusos de las excepciones en las contrataciones públicas, que viene consumando el gobierno provincial, asiduamente en los últimos tiempos, autorizando pagos o reconociendo erogaciones realizadas meses atrás, sin ningún tipo de control institucional, ni del Tribunal de Cuentas ni, mucho menos, de la Dirección de Contaduría General.

El contador nacional analizó los decretos que viene firmando el gobierno renovador, para “reconocer gastos”, “reapropiarse de gastos” o autorizar “contrataciones directas”, en lo que parece una tergiversación o, cuando menos, una interpretación sesgada de la Ley de Contabilidad General y otras que regulan y controlan las operatorias del Estado provincial

“Repasando rápidamente los decretos del Gobernador de la provincia que se publican -casi siempre tardíamente y en forma incompleta- en el Boletín Oficial, se observa un abuso de las excepciones a los principios generales que rigen las contrataciones públicas en cuanto a los procedimientos que se deben seguir en aras de la transparencia y de la igualdad entre los proveedores de bienes y servicios”, comenzó diciendo Pastori en el escrito que dio a conocer en las últimas horas.

“La Ley de Contabilidad VII N° 11 (ex Ley 2303) prevé distintos procedimientos en ese sentido, los que son constantemente burlados sin que los organismos de control tanto interno como externo de la administración actuaran cumpliendo con su rol”, aclaró.

Respecto de algunos ejemplos referidos a decretos del corriente año 2024, Pastori mencionó los tres siguientes:

I – “Reconocimientos de gastos”

“El artículo 43 de la ley establece cuales son las condiciones de legitimidad de las compras, a saber: i) que ningún gasto se podrá disponer sin mediar disposición de autoridad competente, ii) ajustado al procedimiento que establece la Ley, y iii) disponiendo de crédito presupuestario suficiente. Ello, no obstante, las contrataciones públicas están plagadas de procedimientos irregulares en los que se dispone del gasto sin cumplir con dichas exigencias”, aclaró el exdiputado.

“Así encontramos, por ejemplo, contrataciones directas por montos exorbitantes (sin el llamado a licitación correspondiente), en contrataciones de servicios de viandas para hospitales; servicios de limpieza integral en dependencias públicas varias; iluminación, sonido y pantallas led en eventos; gas licuado para cocinas centralizadas con destino a comedores comunitarios y merenderos; compra de módulos alimentarios, artículos de limpieza y víveres frescos; servicios de seguridad y vigilancia en dependencias del Estado; transporte de delegaciones deportivas a distintos lugares del país; racionamiento con destino a la población carcelaria; avisos publicitarios varios en medios; etc, etc…”, alertó Pastori.

“Para salvar estas situaciones que debieran ser excepcionales –difícilmente estas contrataciones no se puedan prever con la antelación suficiente-, se apela en forma recurrente a la figura del ‘Reconocimiento del gasto’, prevista en el artículo 44 , que dispone que el funcionario que haya incurrido en dicha trasgresión responde personalmente del total autorizado, “(…) salvo el gasto haya resultado en beneficio de la provincia”.

“En tal caso –escribe Pastori– la máxima autoridad (el Gobernador en este caso) puede optar por ‘disponer del gasto’ sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan, y que por cierto, jamás se aplican”, aclaró Pastori.

II – “Contrataciones Directas”

“Casi siempre, junto con el ‘reconocimiento del gasto’ se transgrede el límite de las contrataciones que se pueden efectuar en forma directa sin llamado a licitación privada o pública. Por tal motivo, se apela en los decretos a justificar dichas compras amparándose en las excepciones que prevé el Art. 85, el cual en sus diversos incisos establece los motivos de dichas excepciones, pero especialmente en su inciso d) establece que se podrá obviar la licitación cuando ‘cuando circunstancias imprevisibles o razones de urgencia debidamente fundadas, no permitan esperar la gestión de una licitación’; y en su párrafo final dispone que: ‘Las causales de excepción para realizar contrataciones directas que así lo requieran, deberán ser razonadamente fundadas, bajo responsabilidad exclusiva de la autoridad con competencia para contratar que las invoca. Esta autoridad, ejerce así la facultad excluyente de determinar el mérito, oportunidad o conveniencia del acto’”, explicó Pastori.

“En buen castellano, la autoridad que contrata (el Gobernador) dispone por sí y ante sí cuando una compra tiene mérito o conveniencia para hacerla en forma directa como excepción al principio general de la licitación. Cuando las excepciones son mucho más en cantidad que la regla, entonces impera la opacidad y la falta de transparencia”, alertó el exdiputado provincial y exdiputado nacional.

III – “Reapropiación del gasto”

“Finalmente, el artículo 80 de la Ley de Contabilidad se refiere al procedimiento denominado ‘Reapropiación del gasto’, que se da cuando una erogación de algún ejercicio anterior no se hubiera hecho de acuerdo con las pautas antes señaladas y no se hubiera pagado, recurriéndose entonces -otra vez- a la figura del ‘reconocimiento del gasto’”, comentó el contador.

De acuerdo con Pastori, “muchos decretos recurren a esta excepción, pero quiero señalar uno en especial que resulta muy llamativo. Se trata del Decreto 168/24 publicado a fines de febrero, que dispone el pago de $ 1.200.000 (a razón de $ 100.000 por mes), por el servicio de mantenimiento integral de las ‘Fuentes Cataratas’ en las plazoletas de Avenida de Mayo y Rivadavia y de las calles Lima y B. de Irigoyen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los meses de enero a diciembre de ¿¿¡¡2019!!??’. Es decir, ¡¡la administración demoró 5 años en concretar el pago de tal servicio!! Inexplicable por donde se lo quiera mirar”, denunció Pastori.

En las conclusiones, Pastori insiste en la necesidad de “mejorar el mecanismo de las contrataciones del Estado provincial, se requiere mayor apego a los principios que establecen la Constitución y las leyes, y menos decretos de excepción recurriendo a los ‘reconocimientos de gastos’, ‘contrataciones directas’ y ‘reapropiación del gasto’ de los que están plagados los boletines oficiales.”

“Y, por supuesto, mayor y mejor cumplimiento de sus funciones de aquellos organismos que tienen por función el control interno y externo de las cuentas públicas, la Contaduría General de la Provincia y el Tribunal de Cuentas respectivamente. Solo así podremos confiar en que, el uso de los dineros públicos se realiza con transparencia y equidad”, sentenció el exlegislador y referente de la UCR Misiones.